TERCERA SALA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CORTE DE APELACIÓN DEL DISTRITO NACIONAL DICTA SENTENCIA A FAVOR DE ADUREDIN

SANTO DOMINGO. – La Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional emitió la sentencia No. 1303-2024-SSEN-00569 en fecha 26 de diciembre del año 2024, la cual rechaza el recurso de apelación interpuesto por Amauris Antonio Peña García de fecha 4 de abril del año 2023, en contra de la Resolución No. 0004-2023 dictada por el Director General de la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI) Dr. Salvador Ramos en fecha 19 de enero del año 2023.

Esta decisión confirma la Resolución No. 000225 emitida por la directora del Departamento de Signos Distintivos de la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (Onapi) Licda. Michelle Marie Guzmán Soñé, la cual cancela el certificado de registro comercial No. 652869 que de manera ilegal realizó Peña García el 20 de septiembre del año 2021 a nombre y representación de Aduredin, sin este ser su presidente ni tener poder o mandato para realizar dicho registro y por hacerlo de mala fe.

De las deliberaciones del caso en cuestión la alta corte establece en sus numerales 20 y 21 lo siguiente: Numeral 20. De los contratos de alquiler de fecha 02 de febrero de 2022, 09 de marzo 2022, y 21 de marzo de 2022, se verifica que el señor Amauris Peña García, realizo actuaciones en representación de la sociedad “Asociación de Duvergenses residentes en el Distrito Nacional (Aduredin)”.  

El numeral 21 dice lo siguiente: La Ley 122-05, en su artículo 2, dispone que: A los fines de la presente ley, se considera Asociación sin Fines de Lucro, el acuerdo entre cinco o más personas físicas o morales, con el objeto de desarrollar o realizar actividades de bien social o interés público con fines lícitos y no tengan como propósito u objeto el obtener beneficios pecuniarios o apreciables en dinero para repartir entre sus asociados, estableciendo el tribunal que Peña García se beneficiaba de estos alquileres, siendo estas actuaciones, actos contrarios al fin y propósito de las asociaciones sin fines de lucro.

Sigue estableciendo el tribunal de alzada en sus numerales 23, 24 y 25 de la referida sentencia lo siguiente: numeral 23. Al momento de la solicitud del registro de la denominación “Asociación de Duvergenses residentes en el Distrito Nacional (Aduredin)” por ante la Oficina Nacional de Propiedad Industrial en fecha 20 de septiembre de 2021, el señor Amauris Peña García tenía pleno conocimiento de la existencia del nombre ya que formó, fue socio y directivo de esta, conforme se puede observar de las actas de asambleas ya indicadas, de igual forma tenía conocimiento que no había sido regularizada conforme a la Ley 122-05, y que poseía el derecho de uso de la denominación por más de 40 años, según sus propias declaraciones recursivas.

En el numeral 24 los jueces establecen lo siguiente: Al efecto, la denominación Asociación de Duvergenses residentes en el Distrito Nacional (Aduredin), no puede ser utilizado, ni registrado por un tercero bajo ningún pretexto sin autorización de la entidad como tal, pues pertenece a un conglomerado de personas independientemente de que elija a un representante, las actuaciones de este son por mandato exclusivo de la sociedad.

Mientras que en el numeral 25 los magistrados aclaran diciendo: La parte recurrida, alega la mala fe del recurrente al registrar el nombre comercial a su nombre, pues este tenía pleno conocimiento de que era usado por mucho tiempo por la Asociación, y en base a ese planteamiento es que solicitó la nulidad del registro.

Culminan estableciendo en el numeral 28 lo siguiente: El señor Amauris Antonio Peña García, a sabiendas de que el nombre comercial “Asociación de Duvergenses residentes en el Distrito Nacional (Aduredin)” estaba en uso por mucho tiempo, y sin demostrar el abandono de este por más de cinco años, procedió al registro de este pretendiendo apoderarse de un nombre que previamente ha sido usado y, obstaculizando el curso del proceso de adecuación correspondiente a la Asociación de Duvergenses residentes en el Distrito Nacional (Aduredin), lo que denota una acción antijurídica en su accionar.

La Asociación de Duvergenses Residentes en el Distrito Nacional (ADUREDIN) fue fundada hace más de 48 años, surgió con el nombre de ADUREDISNA el 24 de julio de 1976, cambio sus siglas por ADUREDIN el 5 de julio del 1980 y fue incorporada mediante el decreto del Poder Ejecutivo número 2850 el 22 de marzo de 1985, y sus estatutos modificados a través del Decreto 229-94, en fecha 29 de agosto del año 1994.

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