La Segunda Sala de la Corte Penal de San Cristóbal acogió parcialmente un recurso del Ministerio Público y corrigió parte de los beneficios que habían sido otorgados al exembajador Donni Santana Cuevas, condenado a 20 años de prisión por violación sexual de su hijastra.
Según la decisión, Santana llevaba alrededor de 15 meses disfrutando de condiciones equivalentes a una libertad condicional, pese a haber cumplido solo siete años de su condena.
La Corte calificó como “errónea y carente de sustento normativo” la decisión que le había permitido permanecer de manera definitiva en su residencia alegando riesgos de contagio de enfermedades dentro del centro penitenciario.
Con el nuevo fallo, Santana deberá ingresar a la cárcel del 15 de Azua cada viernes a las 7:00 a. m. y permanecer allí hasta el lunes a la misma hora. El tribunal mantuvo, además, un permiso laboral, pero limitado a un período de prueba que vence el 1 de agosto de 2027.
El Ministerio Público había cuestionado que los beneficios concedidos desnaturalizaban el cumplimiento de la pena.
Vía Minuto Quisqueya